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Eran pocos, y parió la abuela

La Lista 1

La Lista 1 del anexo de verificación de la Convención sobre las Armas Químicas (CAQ) incluía, a la entrada en vigor de la misma el 29 de abril de 1997, seis familias de agentes químicos de guerra, dos toxinas consideradas como agentes químicos (saxitoxina y ricina), dos familias de precursores y dos precursores individuales (cloro sarín y cloro somán)1, a saber:

1A.1 Alquilfosfonofluoridatos de O-alquilo (agentes neurotóxicos) (más de 20 000 sustancias)
1A.2 N,N-dialquilfosforamidatos de O-alquilo (agentes neurotóxicos) (más de 50 000 sustancias)
1A.3 Alquilfosfonotiolatos de O-alquilo y S-2-dialquilaminoetilo (agentes neurotóxicos) (más de 200 000 sustancias)
1A.4 Mostazas de azufre (agentes vesicantes) (9 sustancias)
1A.5 Lewisitas (agentes vesicantes) (3 sustancias)
1A.6 Mostazas de nitrógeno (agentes vesicantes) (3 sustancias)
1A.7 Saxitoxina (1 sustancia)
1A.8 Ricina (1 sustancia)
1B.9 Fosfonildifluoruros de alquilo (4 sustancias)
1B.10 Alquilfosfonitos de O-alquilo y O-2-dialquilaminoetilo (más de 200 000 sustancias)
1B.11 Cloro sarín (1 sustancia)
1B.12 Cloro somán (1 sustancia)

Es decir la Lista 1 contenía más de 470 023 sustancias de las cuales solo unos cientos tienen recogidos sus espectros en la Base de Datos Analítica de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ)2.

 

El embarazoso tema de la modificación del anexo

En Salisbury3,4, el 4 de marzo de 2018, el disidente soviético Sergei Skripal, su hija Yulia Skripal y el oficial de policía Nicholas Bailey resultaron intoxicados con una sustancia química tóxica, identificada por los laboratorios de Reino Unido, y por los laboratorios designados de la OPAQ, como una sustancia neurotóxica de la familia de los agentes «novichok». La estructura química de dicho agente «novichok» no se ha hecho pública hasta el momento, pero si se ha hecho público que era una sustancia de gran pureza (pese a lo cual, ninguno de los tres afectados llegó a fallecer). En abril de ese mismo año, Reino Unido acusó a Rusia ante la OPAQ del envenenamiento. Más tarde, el 30 de junio de 2018, en Amesbury3,5, el Sr. Charles Rowley y la Sra. Dawn Sturgess resultaron intoxicados con la misma sustancia neurotóxica que la identificada en el incidente de Salisbury, y la Sra. Sturgess falleció a causa de dicha intoxicación.

Tras estos hechos, el 16 de octubre de 2018, las Representaciones Permanentes ante la OPAQ del Canadá, los Estados Unidos de América y los Países Bajos presentaron la «Propuesta conjunta relativa a una modificación técnica de la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención sobre las Armas Químicas», de conformidad con los párrafos 1, 4 y 5 del artículo XV de la Convención (S/1682/2018, de fecha 25 de octubre de 2018)6. La propuesta conjunta propone la inclusión en la Lista 1 de dos nuevas familias de agentes neurotóxicos7:

  1. Fluoruros fosforamídicos de P-alquilo (H o ≤ C10, incluido el cicloalquilo) N-(1-(dialquil (≤ C10, incluido el cicloalquilo)amino))alquilideno (H o ≤ C10, incluido el cicloalquilo) y sales alquilatadas o protonadas correspondientes (varios millones de sustancias).

  1. Fosforamidofluoridatos de O-alquilo (H o ≤ C10, incluido el cicloalquilo) N-(1-(dialquil (≤ C10, incluido el cicloalquilo)amino))alquilideno (H o ≤ C10, incluido el cicloalquilo) y sales alquilatadas o protonadas correspondientes (varios millones de sustancias).

El 30 de noviembre de 2018, la Representación Permanente de la Federación de Rusia ante la OPAQ presentó las «Propuestas para introducir adiciones en las listas de sustancias químicas del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención sobre las Armas Químicas», de conformidad con los párrafos 1, 4 y 5 del artículo XV de la Convención (S/1696/2018, de fecha 7 de diciembre de 2018)6. Aunque la OPAQ no ha hecho pública las Propuestas rusas, tal y como hizo con la Propuesta Conjunta, éstas han sido reveladas por la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de Estados Unidos, como resultado de sus actividades para recopilar información que permita evaluar el impacto en la industria de Estados Unidos de las Propuestas Rusas de modificación del Anexo sobre productos químicos de la CAQ8.

Las propuestas rusas suponen la inclusión en la Lista 1 de cinco nuevas familias de agentes neurotóxicos8:

  1. Fluoruros de P-alquilo (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) N-(1-(dialquil (≤ C10, incluidos cicloalquilos)amino))alquiliden (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) fosforamídicos y sales alquilatadas o protonadas correspondientes (varios millones de sustancias).

  1. O-alquil (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) N-(1-(dialquil (≤ C10, incluidos cicloalquilos)amino))alquiliden (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) fosforamidofluoridatos y sales alquilatadas o protonadas correspondientes (varios millones de sustancias).

 

  1. P-alquil (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos)-(bis((alquil (H or ≤ C10, incluidos cicloalquilos)alquil (H or ≤ C10, incluidos cicloalquilos)amino))metilen) fosfonamidofluoridates y sales alquilatadas o protonadas correspondientes (varios millones de sustancias).

 

  1. Dimetil-carbamoiloxipiridinas cuaternarias (más de 1000 000 sustancias):
    • 1-[N,N-dialquil(С≤10)-N-(n-(hidroxil, ciano, acetoxi)alquil(С≤10))amonio]-n-[N-(3-metil-carbamoxi-α-picolinil)-N,N-dialquil(С≤10)amonio]decano dibromuro (n=1-8)
    • 1,n-bis[N-(3-dimetilcarbamoxi-α-picolil)-N,N-dialquil((С≤10)amonio]-alcano-(2,(n-1)-diona) dibromuro (n=2-12)

  1. O-(1-alquil (H, Me) 2-alquil (H,Me) -2-cloroetil)-(((dihalo(F, Cl)metilen)amino)-oxi)fosforofluoridatos (12 sustancias).

En la sexagésima segunda reunión del Consejo Ejecutivo, éste estudió y adoptó, por consenso, la decisión titulada «Recomendación relativa a una modificación de la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención sobre las Armas Químicas»7, (EC-M-62/DEC.1, de fecha 14 de enero de 2019, en la que recomendó a todos los Estados Partes la adopción de la Propuesta Conjunta (La Federación Rusa se desvinculó del consenso9) 6.

Unos días más tarde, en la sexagésima tercera reunión del Consejo Ejecutivo, el Consejo examinó las Propuestas de la Federación Rusa, y no adoptó el proyecto de decisión en el que se recomendaba su adopción (EC-M-63/DEC/CRP.1, de fecha 19 de febrero de 2019). Sobre esta base, se consideró que el Consejo recomendaba que se rechazaran las Propuestas de la Federación Rusa6.

Antes de que expirase el periodo de 90 días, el 14 de abril de 2019, para formular objeciones a la decisión del Consejo Ejecutivo de aprobar la Propuesta Conjunta, el 14 de abril de 2019, la Secretaría recibió una objeción de un Estado Parte (Federación Rusa) a la recomendación del Consejo de que se adoptara la Propuesta conjunta (EC-M-62/NAT.5, de fecha 9 de abril de 2019)6. Conforme a lo indicado al apartado e) del párrafo 5 del artículo XV de la Convención, al recibirse una objeción a la recomendación del Consejo, debía ser la vigésimo cuarta Conferencia de Estados Parte la que debía adoptar una decisión, como cuestión de fondo, sobre la Propuesta Conjunta de modificación de la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas de la CAQ1.

Como era de esperar, días más tarde y antes de que expirase, el 27 de mayo de 2019, el periodo de 90 días para formular objeciones, la Secretaría recibió una objeción de un Estado Parte (República de Burundi) a la recomendación del Consejo de rechazar las Propuestas de la Federación de Rusia (EC-M-63/NAT.4, de fecha 9 de abril de 2019)6. Como ya se ha indicado, conforme a lo indicado al apartado e) del párrafo 5 del artículo XV de la Convención, al recibirse una objeción a la recomendación del Consejo, debía ser la vigésimo cuarta Conferencia de Estados Parte la que debía adoptar una decisión, como cuestión de fondo, sobre las Propuestas rusas de modificación de la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas de la CAQ1.

Tras las consultas celebradas entre la Federación de Rusia, los Estados Unidos de América, el Canadá y los Países Bajos, con la participación de la Secretaría (S/1758/2019, de fecha 3 de junio de 2019; S/1785/2019, de fecha 16 de agosto de 2019; y S/1789/2019, de fecha 26 de agosto de 2019), la Federación de Rusia presentó al Director General una «Propuesta modificada para introducir modificaciones en la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención sobre las Armas Químicas» (S/1796/2019, de fecha 24 de septiembre de 2019)6,10.

Así llegamos a este punto donde todo parece indicar que la embarazosa situación de la modificación de la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas de la CAQ se resolverá cuando la Conferencia de Estados Parte examine y apruebe tanto el proyecto de decisión sobre la Propuesta conjunta (C-24/DEC/CRP.1, de fecha 20 de septiembre de 2019), como la Propuesta modificada de la Federación de Rusia (C-24/DEC/CRP.5, de fecha 1 de noviembre de 2019).

 

 

Y parió la abuela

El 27 de noviembre de 2019, durante la vigésimo cuarta conferencia, la Conferencia de Estados Partes daba a luz a dos mellizos, la modificación del anexo conforme a la Propuesta Conjunta de los Estados Unidos de América, el Canadá y los Países Bajos, de fecha 16 de octubre de 2018, y la modificación del anexo conforme a las Propuestas Rusas, de fecha 24 de septiembre de 20197,11.

La Propuesta Conjunta consiste como ya se ha indicado en dos grandes familias de agentes neurotóxicos:

  1. Fluoruros de P-alquil (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) N-(1-(dialquil (≤ C10, incluidos cicloalquilos)amino))alquiliden (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) fosforamídicos y sales alquilatadas o protonadas correspondientes.

Ejemplo: fluoruro de N-(1-(di-n-decilamino)-n-deciliden)-P-decilfosfonamídico (sin número CAS).

  1. O-alquil (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) N-(1-(dialquil (≤ C10, incluidos cicloalquilos)amino))alquiliden (H o ≤ C10, incluidos cicloalquilos) fosforamidofluoridatos y sales alquilatadas o protonadas correspondientes.

Ejemplo: O-n-decil N-(1-(di-n-decilamino)-n-deciliden) fosforamidofluoridato (sin número CAS).

 

 

La Propuesta Rusa no se corresponde exactamente con la hecha pública por la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de Estados Unidos. De las cinco familias indicadas en un primer momento se ha eliminado la última, correspondiente a los O-(1-alquil (H, Me)2-alquil (H,Me)-2-cloroetil)-(((dihalo(F, Cl)metileno)amino)-oxi)fosforofluoridatos. Además con excepción de la familia de los carbamatos las otras tres familias han reducido sustancialmente su tamaño10:

  1. O-alquil (Ме, Еt)-(1-(alquil (Me, Et)alquil (Me, Et)amino)etiliden) fosforamidofluoridatos:

Ejemplos:

Metil-(1-(dietilamino)etiliden)fosforamidofluoridato (sin número CAS)

Etil-(1-(dietilamino)etiliden)fosforamidofluoridato (sin número CAS)

Esta familia está incluida en la Propuesta Conjunta

 

  1. Metil-(1-(dietilamino)etiliden)fosfonamidofluoridato (sin número CAS)

Esta sustancia está incluida en la Propuesta Conjunta

  1. Metil-(bis(dietilamino)metilen)fosfonamidofluoridato (sin número CAS)

Esta sustancia no está recogida en la Propuesta Conjunta, y se correspondería con el agente A-242 descrito por Mirzayanov.

  1. Carbamatos (cuaternarios y bicuaternarios de dimetilcarbamoiloxipiridinas)

4.1 Cuaternarios de dimetilcarbamoiloxipiridinas:

Dibromuro de 1-[N,N-dialquil (С≤10) -N-(n-(hidroxil, ciano, acetoxi)alquil (С≤10)) amonio]-n-[N-(3-dimetil-carbamoxi-α-picolinil)-N,N-dialquil (С≤10)amonio]decano (n=1-8)

Ejemplo: Dibromuro de 1-[N,N-dimetil-N-(2-hidroxi)etilamonio]-10-[N-(3-dimetil carbamoxi-α-picolinil)-N,N-dimetilamonio]decano (CAS 77104-62-2)12.

 4.2 Bicuaternarios de dimetilcarbamoiloxipiridinas:

Dibromuro de 1,n-bis[N-(3-dimetilcarbamoxi-α-picolil)-N,N-dialquil( (С≤10) amonio]- alcano-(2,(n-1)-diona) (n=2-12)

Ejemplo: Dibromuro de 1,10-bis[N-(3-dimetilcarbamoxi-α-picolil)-N-etil-N-metilamonio]- decano-2,9-diona (CAS 77104-00-8)12.

 

Conclusiones

  • Está claro, no solo por el contenido de la Propuesta Conjunta, sino también por los considerandos que incluyen muchos documentos, y por las declaraciones realizadas por los Estados Unidos y Canadá en la Cuarta Conferencia de Revisión de la CAQ en noviembre de 2018, que dicha Propuesta Conjunta fue presentada para asegurar que todos los agentes «novichok», incluido el que se utilizó en los incidentes de Salisbury y Amesbury, fueran incluidos como agentes químicos de guerra en las Listas de la CAQ13. Se incluyen dos familias con millones de sustancias químicas por no hacerse pública la naturaleza de la sustancia tóxica utilizada en los incidentes citados. La idea que subyace en el fondo de la Propuesta Conjunta es acusar a la Federación Rusa de incumplir la CAQ. Sin embargo recordemos que los espectros de masas hechos públicos correspondientes al A-230 y al A-234 son aportaciones del centro militar estadounidense CBDCOM/ERDEC (Chemical Biological Defense Command/ Edgewood Research, Development and Engineering Center)14 a la librería de espectros de masas del NIST98.
  • Parece también que la Propuesta Rusa busca acusar a Estados Unidos al incluir una numerosa familia de carbamatos de gran toxicidad patentados por el Ejército de Estados Unidos a finales de la década de 196013.
  • Probablemente muchas de las sustancias incluidas ahora en la Lista 1 carecen de interés como agentes químicos de guerra, debido a que por su estructura y elevado peso molecular, son sólidos a temperatura ambiente y difícilmente utilizables por vía inhalatoria13.
  • Ninguna de las propuestas incluye a los precursores necesarios que deberían ser incluidos en Lista 1 o en Lista 2, dependiendo de su posible uso no prohibido por la CAQ13,14.
  • Debido a la falta de transparencia acerca de la estructura del «novichok» empleado en Salisbury y Amesbury, el número de sustancias químicas en la Lista 1 del Anexo sobre sustancias químicas ha aumentado exageradamente.

 

 

Referencias

  1. «Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ)», disponible en https://www.opcw.org/fileadmin/OPCW/CWC/CWC_es.pdf y en https://www.opcw.org/fileadmin/OPCW/CWC/CWC_es.doc
  2. «Sampling and analysis in the CWC and the OPCW mobile laboratory» en «Chemical Weapons Convention chemicals analysis-Sample Collection, Preparation and Analytical Methods», Markku Mesilaakso, Wiley 2005.
  3. «Technical Assistance provided by OPCW related to toxic chemical incidents in Salisbury and Amesbury», https://www.opcw.org/media-centre/featured-topics/incident-salisbury
  4. «Note by the Technical Secretariat: Summary of the Report on Activities Carried Out in Support of a Request for Technical Assistance by the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland (Technical Assistance Visit TAV/02/18), s-1612-2018, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/S_series/2018/en/s-1612-2018_e___1_.pdf)
  5. «Note by the Technical Secretariat: Summary of the Report on Activities Carried Out in Support of a Request for Technical Assistance by the UK (Technical Assistance Visit TAV/03/18 and TAV/03B/18, «Amesbury Incident»)», s-1671-2018, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2018/09/s-1671-2018%28e%29.pdf).
  6. «Annotated provisional agenda for the Twenty-Fourth Session of the Conference of the States Parties, 25 – 29 November 2019», C-24/INF.1/Rev.1, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2019/11/c24inf01r1%28e%29.pdf)
  7. «Decision-Recommendation for a change to Schedule 1of the annex on chemicals to the Chemical Weapons Convention», EC-M-62/DEC.1 https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2019/01/ecm62dec01%2B%28e%29.pdf
  8. «Impact of Proposed Additions to the ‘Annex on Chemicals’ to the Chemical Weapons Convention (CWC) on Legitimate Commercial Chemical, Biotechnology, and Pharmaceutical Activities Involving ‘Schedule 1’ Chemicals (Including Schedule 1 Chemicals Produced as Intermediates),» Federal Register, Vol. 84, No. 157 (2019), <www.govinfo.gov/content/ pkg/FR-2019-08-14/pdf/2019-17256.pdf>
  9. «Report of the sixty-second meeting of the Executive Council», EC-M-62/2, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2019/01/ecm6202%28e%29.pdf
  10. «Decision-Changes to Schedule 1 of the Annex on chemicals to the Chemical Weapons Convention», C-24/DEC.5, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2019/11/c24dec05%28e%29.pdf
  11. «Technical change to Schedule 1(A) of the Annex on chemicals to the Chemical Weapons Convention», C-24/DEC.4, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2019/11/c24dec04%28e%29.pdf
  12. Handbook of Chemical and Biological Warfare Agents-D. Hank Ellison 2Ed CRC Press 2008
  13. «Controlling Novichoks after Salisbury: revising the Chemical Weapons Convention schedules», Stefano Costanzi & Gregory D. Koblentz, The Nonproliferation Review, September 2019
  14. «Se les ve el plumero», J.Domingo, https://cbrn.es/?p=1403

 

El anexo está de moda

Sí, parece increíble, pero el anexo sobre sustancias químicas, está de moda. A las recientes propuestas para su modificación llevadas a cabo por Canadá, Estados Unidos de América y Países Bajos, por un lado1, y por la Federación Rusa por otro2, podemos añadir el documento de la OPAQ, «The Science for Diplomats Annex on Chemicals», de fecha 12 de febrero de 20193. A la vista del contenido de este último, decidí escribir este artículo, cuyo contenido pongo a disposición de los lectores, en un documento libre, en formato pdf. Descargar El anexo sobre sustancias químicas de la CAQ está de moda

Recordemos que la Convención para la Prohibición de las Armas Químicas (CAQ) enumera, en tres Listas, las sustancias químicas tóxicas y sus precursores respecto de los que se prevé la aplicación de medidas de verificación con arreglo a lo previsto en las disposiciones del Anexo sobre verificación4.

En estas Listas se hace referencia a sustancias químicas individuales (con su propio número CAS), y a familias de sustancias químicas que contienen diversos grupos alquilo (que se indican entre paréntesis). Dentro de estas familias se entienden incluidas todas las sustancias químicas posibles que puedan obtenerse mediante todas las combinaciones posibles de los grupos alquílicos indicados entre paréntesis, en tanto no estén expresamente excluidas4.

Tenemos por un lado grupos alquilo que pueden tener hasta 10 átomos de carbono, incluidos ciclos (R1 < C10, incluido el cicloalquilo), y tenemos por otro lado grupos alquilo con no más de tres átomos de carbono (R2, R3, R4 = metilo, etilo, propilo e isopropilo) 4.

Familias de los alquilfluorofosfonatos de alquilo, alquilfosforamidocianidatos de alquilo, y alquilfosfonotiolatos de alquilo (R1 puede tener hasta 10 átomos de carbono, incluidos ciclos, y R2, R3 y R4 pueden ser grupos metilo, etilo, propilo o isopropilo)

Recordemos además que, a nivel atómico, muchos elementos químicos presentan isótopos naturales, y a nivel molecular, muchas moléculas presentan isómeros.

 

 

Isómeros5

Comencemos por los isómeros, que son de gran importancia para entender las familias de las Listas de la CAQ. Son isómeros aquellas sustancias químicas que teniendo la misma fórmula empírica o molecular, tienen distinta ordenación espacial de sus átomos (enlaces), y presentan por ello propiedades físicas y/o químicas diferentes5.

Generalmente la palabra isómero se emplea para designar aquellas sustancias químicas que están relacionadas entre sí:

  • por ser isómeros estructurales o de constitución, esto es, por tener distinta ordenación o naturaleza en sus enlaces, o
  • por ser isómeros de configuración o estereoisómeros, los cuales presentan distinta disposición tridimensional de los átomos.

Distintos tipos de isomería

 

Isomería plana5

Los grupos alquilo a los que se refieren las Listas de la CAQ son sustituyentes, formados por la separación de un átomo de hidrógeno de un hidrocarburo saturado (alcano o cicloalcano) de modo que éste pueda unirse a otro átomo o grupo de átomos.

Los alcanos son compuestos formados por carbono e hidrógeno que sólo contienen enlaces simples carbono – carbono. Cumplen la fórmula general CnH2n+2, donde n es el número de carbonos de la molécula.

Los alcanos son hidrocarburos, es decir, compuestos que solo contienen átomos de carbono e hidrógeno. La fórmula general para alcanos alifáticos (de cadena lineal o de cadena ramificada) es CnH2n+2​ y para cicloalcanos es CnH2n​ .También reciben el nombre de hidrocarburos saturados, ya que carecen de enlaces dobles o triples y, por tanto, todos sus átomos de carbono presentan hibridación sp3 (cuatro enlaces con distribución espacial tetraédrica) y carecen de grupos funcionales.

Los alcanos alifáticos, de fórmula empírica CnH2n+2, pueden ser de cadena lineal o de cadena ramificada, y los alcanos cíclicos o cicloalcanos, de fórmula empírica CnH2n pueden tener o no, una o más cadenas alquílicas de diferentes longitudes, en distintas posiciones.

Los alcanos se nombran atendiendo a la estructura del compuesto. Si la cadena es lineal, sin ramificaciones, para nombrarlos se utiliza un prefijo indicativo del número de átomos de carbono seguido de la terminación «ano». Si se trata de alcanos ramificados, es necesario determinar cuál es la cadena principal y nombrar cada ramificación, de manera similar a como se hace con los alcanos lineales, sustituyendo la terminación ano por la terminación «ilo» («il»).

Nº átomos de carbono Prefijo Nombre del alcano Nombre del grupo alquilo
1 Met Metano Metilo (metil)
2 Et Etano Etilo (etil)
3 Prop Propano Propilo (propil)
4 But Butano Butilo (butil)
5 Pent Pentano Pentilo (pentil)
6 Hex Hexano Hexilo (hexil)
7 Hep Heptano Heptilo (heptil)

Recordemos que en las Listas de la CAQ los grupos R2, R3,y R4 pueden ser grupos metilo, etilo, propilo e isopropilo, esto es:

metilo etilo propilo isopropilo (1-metiletilo)

 

Y que por otro lado tenemos que R1 es un grupo alquilo o cicloalquilo, que puede poseer hasta 10 átomos de carbono, por ejemplo:

isopropilo (1-metiletilo) isobutilo (2-metilpropilo) pinacolilo (1,2,2-trimetilpropilo)
ciclohexilo 4,4-dimetilhexilo 4-etilhexilo

 

Estereoisomería5,6,7

Los estereoisómeros se definen como isómeros que tienen la misma secuencia de átomos enlazados, pero con distinta orientación espacial. Se dividen en dos grandes grupos:

  • Los que se originan por la distinta orientación espacial de átomos o grupo de átomos alrededor de un enlace doble y que se denominan isómeros geométricos.
  • Los que se originan por la distinta orientación espacial de átomos o grupos de átomos alrededor de un centro asimétrico (generalmente un átomo de carbono tetraédrico con hibridación sp3, pero también un átomo de fósforo pentavalente). Estos estereoisómeros pueden ser a su vez:
    • Enantiómeros que se relacionan entre sí por ser imágenes especulares no superponibles.
    • Diastereoisómeros o diasterómeros, isómeros configuracionales que no son imagen especular uno del otro.

Los enantiómeros tienen entre sí las mismas propiedades físicas, excepto que desvían el plano de luz polarizada en sentidos opuestos. Los enantiómeros de una sustancia química interaccionan con los enantiómeros de otras sustancias químicas de diferente manera, consecuencia de su diferente quiralidad, y en consecuencia suelen mostrar diferentes comportamientos y efectos biológicos.

Los diestereoisómeros son estereoisómeros pero no son enantiómeros, es decir no son entre sí imágenes especulares. Los diestereoisómeros muestran diferencias en sus propiedades físicas y algunas diferencias en el comportamiento químico, aunque sus propiedades químicas y biológicas pueden ser similares.

Algunas sustancias químicas recogidas por las Listas muestran enantiómeros (por ejemplo el sarín) y otras también presentan diestereoisómeros (por ejemplo, el somán). La toxicidad de los enantiómeros y diastereoisómeros suele ser diferente, y por lo general los que desvían el plano de la luz polarizada hacia la izquierda, prefijo (-) o levógiros, presentan una mayor toxicidad. La mezcla racémica, una proporción molar 1:1 de cada enantiómero, se denota con el prefijo (±), y tiene una actividad biológica que es la contribución de la suma de los dos enantiómeros.

Las rutas normales de síntesis de los agentes químicos no suelen ser estereoselectivas y producen una mezcla racémica de estereoisómeros.

El sarín está recogido como ya hemos indicado en la Lista 1A.1, con el número CAS 107-44-8 y se entiende corresponde a una mezcla racémica. Sin embargo los dos enantiómeros del sarín no aparecen recogidos en la Lista 1A.1, y sin embargo cada uno de ellos tiene su propio número CAS:

sarín CAS 107-44-8

R-(-)-sarín CAS 6171-94-4

S-(+)-sarín CAS 6171-93-3

El BZ, recogido en la Lista 2A.3 con el número CAS 6581-06-2 es otro ejemplo de quiralidad. El BZ (bencilato de 3-quinuclidinilo) tiene un centro quiral y por ello tiene un enantiómero (R)-(-)-bencilato de 3-quinuclidinilo, número CAS 62869-69-6, y un enantiómero (S)-(+)- bencilato de 3-quinuclidinilo, número CAS 62869-68-5.

Aunque los efectos incapacitantes del enantiómero (R)-(-) son del orden de 20 veces mayores que los del enantiómero (S)-(+), ambos producen efectos incapacitantes, y dado que los procedimientos normales de síntesis producen una mezcla de ambos enantiómeros, tanto los enantiómeros individuales, como la mezcla están recogidos de manera implícita en la Lista 2A.3:

bencilato de 3-quinuclidinilo

CAS 6581-06-2

(R)-(-)-bencilato de 3-quinuclidinilo

CAS 62869-69-6

(S)-(+)-bencilato de 3-quinuclidinilo

CAS 62869-68-5

Es decir, tanto las sustancias químicas listadas, como cualquiera de sus estereoisómeros están incluidos de manera implícita en las Listas, y son por ello idénticos a efectos de declaración.

 

 

Isótopos6,7

La identidad de un átomo y sus propiedades vienen dadas por el número de partículas que contiene. Lo que distingue a unos elementos químicos de otros es el número de protones en el núcleo que tienen sus átomos. Este número se llama «número atómico» y se representa con la letra Z. Se coloca como subíndice a la izquierda del símbolo del elemento correspondiente. Por ejemplo, todos los átomos del elemento hidrógeno tienen 1 protón y su Z = 1, los de helio tienen 2 protones y Z =2, los de litio, 3 protones y Z = 3,…etc.

Si el átomo es neutro, su número de electrones coincide con su número de protones.

El «número másico» nos indica el número total de partículas que hay en el núcleo, es decir, la suma de protones y neutrones. Se representa con la letra A y se sitúa como superíndice a la izquierda del símbolo del elemento. Representa la masa del átomo medida en uma, ya que la de los electrones es tan pequeña que puede despreciarse.

Los isótopos son átomos del mismo elemento químico, con el mismo número de protones en el núcleo (mismo número atómico) pero diferente número de neutrones en el núcleo (diferentes masas atómicas). Isótopos del mismo elemento difieren en algunas de sus propiedades físicas, por ejemplo, en su masa, pero químicamente son prácticamente idénticos. Por tanto pueden utilizarse como trazadores en las investigaciones químicas y biológicas de una determinada sustancia química. En relación con la Convención, el etiquetado isotópico se utiliza para el desarrollo de métodos analíticos y para investigar los mecanismos de acción de sustancias químicos listadas en los procesos naturales.

La sustitución isotópica supone un cambio insignificante en la estructura de una molécula y dado que prácticamente no existen diferencias en el comportamiento químico entre una sustancia química listada y las sustancias químicas listadas marcadas isotópicamente todas ellas presentan los mismos peligros y por tanto todas ellas deben están incluidas en las Listas.

Las sustancias químicas incluidas en las Listas corresponden a estructuras químicas que contienen isótopos naturales y los números CAS asignados a estos agentes químicos asumen que contienen los isótopos naturales. La siguiente tabla muestra algunos de los elementos químicos de mayor interés en lo referente a las armas químicas, con sus pesos atómicos, y la masa y abundancia de sus isótopos naturales.

Elemento Peso atómico Isótopo masa Abundancia natural (%)
Hidrógeno 1,008 1H 1,007825 99,9885
2H 2,014102 0,0115
Carbono 12,011 12C 12,000000 98,93
13C 13,003355 1,07
Nitrógeno 14,007 14N 14,003074 99,636
15N 15,000109 0,364
Flúor 18,998 19F 18,998403 100,00
Oxígeno 15,999 16O 15,994915 99,757
17O 16,999132 0,038
18O 17,999161 0,205
Fósforo 30,974 31P 30,973762 100,00
Azufre 32,065 32S 31,972071 94,99
33S 32,971459 0,75
34S 33,967867 4,25
36S 35,967081 0,01
Cloro 35,453 35Cl 34,968853 75,76
37Cl 36,965903 24,24
Arsénico 74,922 75As 74,921597 100,00
Bromo 79,904 79Br 78,918337 50,69
81Br 80,916291 49,31

Los pesos atómicos se han calculado con las abundancias y masas de los isótopos recogidas en CRC Handbook of Chemistry and Physics, 90th edition.

Cada sustancia química listada, con su correspondiente número CAS, consiste en una mezcla de moléculas con diferentes isótopos en diferentes proporciones, fruto de esa abundancia isotópica natural.

Por ejemplo, la iperita, sulfuro de bis (2-cloroetilo), C4H8Cl2S, está recogida en la Lista 1A.4 con el número CAS 505-60-2 y tiene un peso molecular de 159,077.

Espectro de masas de la iperita CAS 505-60-2

Los picos que aparecen a m/e=158, m/e=160 y m/e=162 con esa relación de intensidad se deben fundamentalmente a los isótopos del cloro. En este grupo el pico más intenso con m/e=158 se debe al 12C41H835Cl232S.

Si sólo considerásemos los isótopos de azufre, sin tener en cuenta los isótopos de los demás elementos, teniendo en cuenta las abundancias anteriormente indicadas para él, habría aproximadamente un 94,99 % de moléculas con 32S, un 0,75 % de moléculas con 33S, un 4,25 % de moléculas con 34S y un 0,01 % de moléculas con 36S.

Algunas estructuras de la iperita marcadas isotópicamente ya tienen asignado número CAS individualizado:

  • Por ejemplo, la iperita marcada con 35S, un isótopo radiactivo del azufre, con un período de semidesintegración de 87,37 días, que se utiliza para el marcado isotópico, entre otros, de proteínas y ácido nucleicos, tiene el número CAS 6755-76-6.
  • La iperita marcada con deuterio, 2H, cuyo símbolo químico es D, también tiene diferentes números CAS, en función del número y lugar que ocupan los isótopos de deuterio en su molécula:

CAS 81142-27-0

CAS 81142-25-8

CAS 1558012-49-9

CAS 176327-97-2

Si sólo estuviesen recogidas en las Listas las sustancias químicas que tuviesen números CAS, se daría la paradoja de que la iperita con número CAS 505-60-2, mezcla de moléculas con diferentes isótopos naturales estaría recogida en la Lista 1A.4, mientras que otras moléculas de iperita marcadas isotópicamente no lo estarían, máxime cuando las propiedades químicas y toxicológicas de los isótopos son prácticamente idénticas.

Así pues el número CAS no puede ser el único indicador a utilizar para ver si una sustancia química está o no incluida en las Listas.

Sucede además que algunas mezclas de agentes químicos de guerra con ciertas propiedades especiales tienen asignado su propio número CAS, que como pueden suponer no está incluido en las Listas. Este es otro punto a tener en cuenta a la hora de ver si un número CAS o un producto químico está o no incluido en las Listas.

Iperita, HD, Lista 1A.4, CAS 505-60-2

HT

(mezcla de un 60% HD y un 40% T)

CAS 172672-28-5

T, Lista 1A.4, CAS 63918-89-8

 

Iperita, HD, Lista 1A.4, CAS 505-60-2

HL

(mezcla de un 37% HD y un 63% L)

CAS 378791-32-3

Lewisita1, L1, Lista 1A.5, CAS 541-25-3

El tema de los isótopos afecta no sólo a los agentes químicos incluidos en las Listas, sino también a los precursores incluidos en éstas. Sirva de ejemplo el sarín, agente químico de guerra recogido en la Lista 1A.1, con el número CAS 107-44-8. Sus principales precursores son el difluoruro de metilfosfonilo, DF, con número CAS 676-99-3 y el dicloruro de metilfosfonilo, DC, con número CAS 756-79-6, ambos casualmente reflejados como tales con sus números CAS en sus correspondientes Listas. Sin embargo ni el sarín deuterado, ni el DF deuterado, ni el DC deuterado aparecen reflejados explícitamente en las Listas, y sus propiedades químicas y toxicológicas son como ya hemos indicado prácticamente idénticas a las de las sustancias no deuteradas:

Lista 2B.4, CAS 676-97-1

Lista 1B.9, CAS 676-99-3

Lista 1A.1, CAS 107-44-8

CAS 104801-17-4

CAS 104801-20-9

CAS 104801-08-3

Tanto las sustancias químicas listadas, como cualquiera de sus variantes marcadas isotópicamente están incluidas de manera explícita o implícita en las Listas, y son por ello idénticas a efectos de declaración de las mismas7.

 

 

Referencias

  1. «Se les ve el plumero», Domingo, https://cbrn.es/?p=1403
  2. » Feliz Novichok y Próspero Año Nuevo 2019″, J. Domingo, https://cbrn.es/?p=1450
  3. «The Science for Diplomats Annex on Chemicals», OPAQ, 12 de febrero de 2019, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2019/02/Science_For_Diplomats_Annex_on_Chemicals%20Feb2019_0.pdf
  4. «Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ)», disponible en https://www.opcw.org/fileadmin/OPCW/CWC/CWC_es.pdf y en https://www.opcw.org/fileadmin/OPCW/CWC/CWC_es.doc
  5. «Imágenes especulares no superponibles», J. Domingo, https://cbrn.es/?p=322
  6. «Isótopos e isómeros, guerra química», J. Domingo, https://cbrn.es/?p=557
  7. «Response to the Director-General’s Request to the Scientific Advisory Board to Provide Further Advice on Scheduled Chemicals», OPCW, https://www.opcw.org/fileadmin/OPCW/SAB/en/sab-23-wp01_e_.pdf

 

 

 

A. Directrices para las listas de sustancias químicas

Directrices para la Lista 1

  1. Al examinar si se debe incluir en la Lista 1 una sustancia química tóxica o un precursor, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
    1. Se ha desarrollado, producido, almacenado o empleado como arma química según la definición del artículo II;
    2. Plantea de otro modo un peligro grave para el objeto y propósito de la presente Convención debido a su elevado potencial de empleo en actividades prohibidas por ella al cumplirse una o más de las condiciones siguientes:

      i) Posee una estructura química estrechamente relacionada con la de otras sustancias químicas tóxicas enumeradas en la Lista 1 y tiene propiedades comparables, o cabe prever que las tenga;

      ii) Posee tal toxicidad letal o incapacitante y otras propiedades que podrían permitir su empleo como arma química;

      iii) Puede emplearse como precursor en la fase tecnológica final única de producción de una sustancia química tóxica enumerada en la Lista 1, con independencia de que esa fase ocurra en instalaciones, en municiones o en otra parte;

    3. Tiene escasa o nula utilidad para fines no prohibidos por la presente Convención.

 

Directrices para la Lista 2

  1. Al examinar si se debe incluir en la Lista 2 una sustancia química tóxica no enumerada en la Lista 1 o un precursor de una sustancia química de la Lista 1 o de una sustancia química de la parte A de la Lista 2, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
    1. Plantea un peligro considerable para el objeto y propósito de la presente Convención porque posee tal toxicidad letal o incapacitante y otras propiedades que podrían permitir su empleo como arma química;
    2. Puede emplearse como precursor en una de las reacciones químicas de la fase final de formación de una sustancia química enumerada en la Lista 1 o en la parte A de la Lista 2;
    3. Plantea un peligro considerable para el objeto y propósito de la presente Convención debido a su importancia en la producción de una sustancia química enumerada en la Lista 1 o en la parte A de la Lista 2;
    4. No se produce en grandes cantidades comerciales para fines no prohibidos por la presente Convención.

 

Directrices para la Lista 3

  1. Al examinar si se debe incluir en la Lista 3 una sustancia química tóxica o un precursor que no esté enumerado en otras Listas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
    1. Se ha producido, almacenado o empleado como arma química;
    2. Plantea de otro modo un peligro para el objeto y propósito de la presente Convención porque posee tal toxicidad letal o incapacitante y otras propiedades que podrían permitir su empleo como arma química;
    3. Plantea un peligro para el objeto y propósito de la presente Convención debido a su importancia en la producción de una o más sustancias químicas enumeradas en la Lista 1 o en la parte B de la Lista 2;
    4. Puede producirse en grandes cantidades comerciales para fines no prohibidos por la presente Convención.

 

B. Listas de sustancias químicas

En las Listas siguientes se enumeran las sustancias químicas tóxicas y sus precursores. A los fines de aplicación de la presente Convención, se identifican en esas Listas las sustancias químicas respecto de las que se prevé la aplicación de medidas de verificación con arreglo a lo previsto en las disposiciones del Anexo sobre verificación. De conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo II, estas Listas no constituyen una definición de armas químicas.

(Siempre que se hace referencia a grupos de sustancias químicas dialquilatadas, seguidos de una lista de grupos alquílicos entre paréntesis, se entienden incluidas en la respectiva Lista todas las sustancias químicas posibles por todas las combinaciones posibles de los grupos alquílicos indicados entre paréntesis, en tanto no estén expresamente excluidas. Las sustancias químicas marcadas con un «*» en la parte A de la Lista 2, están sometidas a umbrales especiales para la declaración y la verificación, tal como se dispone en la Parte VII del Anexo sobre verificación.)

Cada Lista incluye dos sub-apartados A (Agentes químicos) y B (Precursores), y cada elemento de las Listas viene definido mediante una fórmula general para una familia química, o mediante la fórmula de un compuesto químico específico. Se incluye algún ejemplo para cada una de las familias definidas mediante una fórmula general, y las excepciones cuando las hay, así como los números CAS.

 

Lista 1

A. Sustancias químicas tóxicas:

1A.1    Alquil (metil, etil, propil o isopropil) fosfonofluoridatos de O-alquilo (< C10, incluido el cicloalquilo)

R1 < C10, incluido el cicloalquilo

R2 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

Más de 20 000 sustancias químicas

Ejemplos:
GB, sarín: Metilfosfonofluoridato de O-isopropilo (107‑44‑8)

GD, somán: Metilfosfonofluoridato de O-pinacolilo (96‑64‑0)

GF, ciclosarín: Metilfosfonofluoridato de O-ciclohexilo (329-99-7)

GE, etilsarín: Etilfosfonofluoridato de O-isopropilo (1189-87-3)

1A.2    N,N‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) fosforamidocianidatos de O-alquilo (< C10, incluido el cicloalquilo)

R1 < C10, incluido el cicloalquilo

R2, R3 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

Más de 50 000 sustancias químicas

Ejemplos:
GA, tabún: N,N‑dimetilfosforamidocianidato de O-etilo (77‑81‑6)

1A.3    S‑2‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) aminoetil alquil (metil, etil, propil o isopropil) fosfonotiolatos de O-alquilo (H ó < C10, incluido el cicloalquilo) y sales alquilatadas o protonadas correspondientes.                                                                                       

R1 < C10, incluido el cicloalquilo

R2, R3, R4 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

Más de 200 000 sustancias químicas

Ejemplos:
VX: S‑2‑diisopropilaminoetil metilfosfonotiolato de O‑etilo (50782‑69‑9)                 

 

VR: S‑2‑dietilaminoetil metilfosfonotiolato de O‑(2-metilpropilo) (159939-87-4)      

C-VX: S‑2‑dietilaminoetil metilfosfonotiolato de O‑butilo (468712-10-9) 

               

 1A.4    Mostazas de azufre:                                                                                   

1A.4.1   Clorometilsulfuro de 2‑cloroetilo (2625‑76‑5)

1A.4.2   H, HD, Gas mostaza: sulfuro de bis(2‑cloroetilo) (505‑60-2)

1A.4.3   Bis(2‑cloroetiltio)metano (63869‑13‑6)

1A.4.4   Sesquimostaza: 1,2‑bis(2‑cloroetiltio)etano (3563‑36‑8)

1A.4.5   1,3‑bis(2‑cloroetiltio)propano (63905‑10-2)

1A.4.6   1,4‑bis(2‑cloroetiltio)butano (142868‑93‑7)

1A.4.7   1,5‑bis(2‑cloroetiltio)pentano (142868‑94‑8)

1A.4.8   T, bis(2‑cloroetiltiometil)éter (63918‑90-1)

1A.4.9   Mostaza O: bis(2‑cloroetiltioetil)éter (63918‑89‑8)

1A.5    Lewisitas:

1A.5.1   L1, Lewisita 1: 2‑clorovinildicloroarsina (541‑25‑3)

1A.5.2   L2, Lewisita 2: bis(2‑clorovinil) cloroarsina (40334‑69‑8)

1A.5.3   L3, Lewisita 3: tris(2‑clorovinil) arsina (40334‑70-1)

1A.6    Mostazas de nitrógeno:

1A.6.1   HN1: bis(2‑cloroetil) etilamina (538‑07‑8)

1A.6.2   HN2: bis(2‑cloroetil) metilamina (51‑75‑2)

1A.6.3   HN3: tris(2‑cloroetil) amina (555‑77‑1)

1A.7    Saxitoxina (35523‑89‑8)

1A.8    Ricina (9009‑86‑3): Dos cadenas protéicas diferentes, A (una N-glicósido hidrolasa constituida por 267 aminoácidos) y B (una lectina constituida por 262 aminoácidos), de unos 32 kD y 34 kD, respectivamente, unidas por un puente disulfuro.

  

B. Precursores:

1B.9    Fosfonildifluoruros de alquilo (metilo, etilo, propilo o isopropilo)      

R1 < C10, incluido el cicloalquilo

R2, R3, R4 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

4 sustancias químicas

Ejemplos:
DF: metilfosfonildifluoruro (676‑99‑3)

Etilfosfonildifluoruro (753-98-0)

Propilfosfonildifluoruro (690-14-2)

Isopropilfosfonildifluoruro (677-42-9)

1B.10   O-2‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) aminoetil alquil (metil, etil, propil o isopropil) fosfonitos de O-alquilo (H o <C10, incluido el cicloalquilo) y sales alquilatadas o protonadas correspondientes

R1 < C10, incluido el cicloalquilo

R2, R3, R4 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

Más de 200 000 sustancias químicas

Ejemplos:
QL: O-2‑diisopropilaminoetilmetilfosfonito de O-etilo (57856‑11‑8)

O-2‑diisopropilaminoetilmetilfosfonito de O-etilo (169662-66-2)

1B.11   Cloro sarín: metilfosfonocloridato de O-isopropilo (1445‑76‑7)

1B.12   Cloro somán: metilfosfonocloridato de O‑pinacolilo (704O-57‑5)

 

 

Lista 2

A. Sustancias químicas tóxicas:

2A.1    VG, amitón: Fosforotiolato de O,O-dietil S‑2‑(dietilamino) etil y sales alquilatadas o protonadas correspondientes (78‑53‑5)

2A.2    PFIB: 1,1,3,3,3‑pentafluoro‑2‑(trifluorometil) de 1‑propeno (382‑21‑8)

2A.3    BZ: Bencilato de 3‑quinuclidinilo (*) (6581‑06‑2)

B. Precursores:

2B.4    Sustancias químicas, excepto las sustancias enumeradas en la Lista 1, que contengan un átomo de fósforo al que esté enlazado un grupo metilo, etilo, propilo o isopropilo, pero no otros átomos de carbono.                                                                                                  

        R2 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

Más de 1000 000 sustancias químicas

Ejemplos:
DC, dicloruro de metilfosfonilo (676‑97‑1)

Dicloruro de etilfosfonilo (1066-50-8)

Metildiclorofosfina (676-83-5)

Etildiclorofosfina (1498-40-4)

Metilfosfonato de dimetilo (756‑79‑6)

Etilfosfonato de dimetilo (6163-75-3)

Excepción:
Fonofos: etilfosfonotiolotionato de O‑etilo S‑fenilo (944‑22‑9)

2B.5    Dihaluros N,N‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) fosforamídicos

X = flúor, cloro, bromo, iodo

R2, R3 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

Más de 20 sustancias químicas

Ejemplo:
Dicloruro de N,N-dimetilfosforamidico (677-43-0)

2B.6    N,N‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) fosforamidatos O,O´-dialquílicos (metílicos, etílicos, propílicos o isopropílicos)

R2, R3 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

R4, R5 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

100 sustancias químicas

Ejemplo:
N,N-dimetilfosforamidato de O-etilo y O-metilo (135505-94-1)

 2B.7    Tricloruro de arsénico (7784‑34‑1)

2B.8    Acido 2,2‑difenil‑2‑hidroxiacético (76‑93‑7)

2B.9    Quinuclidinol‑3 (1619‑34‑7)

2B.10   Cloruros de N,N‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) aminoetilo‑2 y sales protonadas correspondientes

R2, R3 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

10 sustancias químicas

Ejemplo:
Cloruro de N,N‑dietil aminoetilo‑2 y sales protonadas correspondientes (100-35-6)

2B.11   N,N‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) aminoetanoles‑2 y sales protonadas correspondientes

R2, R3 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

8 sustancias químicas

Ejemplo:
2-(N,N‑diisopropilamina)etanol y sales protonadas correspondientes (96-80-0)

Excepciones:
2-(N,N‑dimetilamina)etanol y sales protonadas correspondientes (108‑01‑0)

2-(N,N‑dietilamina)etanol y sales protonadas correspondientes (100-37‑8)

2B.12   N,N‑dialquil (metil, etil, propil o isopropil) aminoetanotioles‑2 y sales protonadas correspondientes

R2, R3 = metilo, etilo, propilo o isopropilo

10 sustancias químicas

Ejemplo:
2-(N,N‑diisopropilamina)etanotiol y sales protonadas correspondientes (5842-07-9)

2B.13   Tiodiglicol: sulfuro de bis (2‑hidroxietilo) (111‑48‑8)

2B.14   Alcohol pinacolílico: 3,3‑dimetilbutanol‑2 (464‑07‑3)

 

 

Lista 3

A. Sustancias químicas tóxicas:

3A.1    CG, fosgeno: dicloruro de carbonilo (75‑44‑5)

3A.2    CK, cloruro de cianógeno (506‑77‑4)

3A.3    AC, cianuro de hidrógeno (74‑9O-8)

3A.4    PS, cloropicrina: tricloronitrometano (76‑06‑2)

 

 

B. Precursores:

3B.5    Oxicloruro de fósforo (10025‑87‑3)

3B.6    Tricloruro de fósforo (7719‑12‑2)

3B.7    Pentacloruro de fósforo (10026‑13‑8)

3B.8    Fosfito trimetílico (121‑45‑9)

3B.9    Fosfito trietílico (122‑52‑1)

 

3B.10   Fosfito dimetílico (868‑85‑9)

3B.11   Fosfito dietílico (762‑04‑9)

 

3B.12   Monocloruro de azufre (10025‑67‑9)

3B.13   Dicloruro de azufre (10545‑99‑0)

 

3B.14   Cloruro de tionilo (7719‑09‑7)

3B.15   Etildietanolamina (139-87-7)

 

3B.16   Metildietanolamina (105-59-9)

3B.17   Trietanolamina (102‑71‑6)

Feliz Novichok y Próspero Año Nuevo 2019

En un artículo reciente1 se argumentaba que la propuesta técnica conjunta de Canadá, Estados Unidos de América y Países Bajos para la actualización del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención sobre Armas Químicas (CAQ), además de escasa y sesgada, parecía tener como único objetivo la inclusión en la Lista 1A de la CAQ, de las sustancias A-230 y A-234, también conocidas como «novichoks». Puesto que parece que en los incidentes de Salisbury (atentado contra Sergey Skripal e hija) y de Amesbury (contaminaión y fallecimiento de Dawn Sturgess) se utilizó la sustancia conocida como «novichok» A-234, con esta propuesta se trataría de inculpar solapadamente a la Federación Rusa de su autoría, y de violar la CAQ al mantener un programa de armas químicas no declarado.

En su discurso «Statement by H.E. Ambassador Kenneth D. Ward permanent representative of the United States of America to the OPCW at the fourth special session of the Conference of the States Parties to review the operation of the Chemical Weapons Convention» (RC-4/NAT.7, de fecha 27 de noviembre de 2018) el embajador destacaba, en varios puntos, las acciones que habían llevado a cabo para combatir el incumplimiento de la CAQ, y en el segundo de estos puntos destacaba la propuesta de actualización de los listas de la CAQ y el objetivo de la misma2:

«Segundo, actualización de los listas de la Convención sobre Armas Químicas: el mes pasado, los Estados Unidos, Canadá y los Países Bajos presentaron al Director General una propuesta técnica para actualizar el Anexo sobre sustancias químicas de conformidad con el Artículo XV, párrafo 5 de la Convención. Específicamente, buscamos agregar a las Listas dos familias de productos químicos que incluyen el agente químico novichok utilizado en Salisbury y que se cobró una vida en Amesbury. Los novichoks son agentes nerviosos de uso militar, sin «finalidad no prohibida» por la Convención. Hacemos un llamamiento a todos los Estados Partes para que apoyen la propuesta técnica de cambio para que estas atroces sustancias químicas puedan agregarse, sin demora, a la Lista 1 del Anexo sobre Sustancias Químicas y, por lo tanto, estén sujetas al estricto régimen de verificación de la Convención.»

 

La propuesta conjunta

Recordemos que la propuesta técnica conjunta de Canadá, Estados Unidos de América y Países Bajos para la actualización del Anexo sobre sustancias químicas de la Convención sobre Armas Químicas (CAQ), es incluir dos nuevas familias de agentes químicos a la Lista 1A:

N-(1-dialquilamino)alquiliden alquilfluorofosfonamidatos o P-alquil-N-fluorofosfonil amidinas N-(1-dialquilamino)alquiliden fluorofosforamidatos de O-alquilo o О-alquil-N-fluorofosforil amidinas

A-230 (actualmente incluido en la Lista 2B.4)

A-234 (no incluido en Lista alguna)

Como la propuesta considera que R1, R2 y R3 son cadenas carbonadas que pueden tener hasta 10 átomos de carbonos, no solo como cadenas más o menos ramificadas, sino también como anillos, el número de sustancias que constituirían cada una de estas familias sería superior a 200 000. Además la propuesta no menciona la inclusión de los precursores de estas dos nuevas familias.

 

La propuesta rusa

En este absurdo e infructuoso diálogo de «y tú más», que se mantiene en la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), la Federación Rusa ha presentado otra propuesta técnica de actualización del Anexo sobre sustancias químicas de la CAQ. La propuesta rusa parece contemplar la inclusión de cinco nuevos agentes químicos o/y familias de agentes químicos en la Lista 1A:

N-(1-dialquilamino)alquiliden alquilfluorofosfonamidatos (P-alquil-N-fluorofosfonil amidinas)

N-(1-dialquilamino)alquiliden fluorofosforamidatos de O-alquilo (О-alquil-N-fluorofosforil amidinas)
N-(bis-dialquilamino)alquiliden alquilfluorofosfonamidatos (Р-alquil-N-fluorofosfonil guanidinas)
O-(cloroalquil)-(((dihalometilen)amino)oxi) fosforofluoridatos
Derivados del dimetilcarbamato de piridin-3-ilo

 

Situación actual de las propuestas

Si ambas propuestas siguen el procedimiento establecido en el párrafo 5 del Artículo XV de la CAQ relativo a «Enmiendas»3, el Director General ya habrá comunicado las mismas a todos los Estados Partes, al Consejo Ejecutivo y a los Depositarios. No más tarde de 60 días después de haber recibido las propuestas, y evaluadas éstas para determinar todas sus posibles consecuencias respecto de las disposiciones de la CAQ, comunicará esta información a todos los Estados Partes y al Consejo Ejecutivo. La propuesta conjunta fue presentada a mediados del mes de octubre y la propuesta rusa a finales del mes de noviembre, así que pronto deberían conocerse las informaciones sobre dichas propuestas.

Después el Consejo Ejecutivo examinará las propuestas a la vista de toda la información disponible, incluido el hecho de si las propuestas satisfacen los requisitos del párrafo 4 del Artículo XV, y 90 días después, a más tardar, de haber recibido las propuestas, notificará su recomendación a todos los Estados Partes para su examen, junto con las explicaciones correspondientes.

Tanto si el Consejo Ejecutivo recomienda a todos los Estados Partes la adopción o el rechazo de alguna de las propuestas, éstas se considerarán aprobadas o rechazadas si, transcurridos 90 días desde la recepción de la comunicación, ningún Estado Parte objeta a ellas. En la situación actual de la OPAQ no parece probable una situación de consenso, de modo que probablemente algún Estado Parte objetará a las mismas.

Si así sucediese, esto es, si las recomendaciones del Consejo Ejecutivo recibiesen la objeción de algún Estado Parte, tendría que ser la Conferencia la que adoptara una decisión sobre las propuestas como cuestión de fondo en su próximo período de sesiones, incluido el hecho de si las propuestas satisfacen los requisitos del párrafo 4 del Artículo XV.

Según el párrafo 18 del artículo VIII de la CAQ relativo a la Organización4, la Conferencia adoptará sus decisiones sobre cuestiones de procedimiento por mayoría simple de los miembros presentes y votantes. Las decisiones sobre cuestiones de fondo deberán adoptarse, en lo posible, por consenso. Si no se llega a un consenso cuando se someta una cuestión a decisión, el Presidente aplazará toda votación por 24 horas y, durante ese período de aplazamiento, hará todo lo posible para facilitar el logro de un consenso e informará a la Conferencia al respecto antes de que concluya ese período. Si no puede llegarse a un consenso al término de 24 horas, la Conferencia adoptará la decisión por mayoría de dos tercios de los miembros presentes y votantes, salvo que se especifique otra cosa en la presente Convención. Cuando esté en discusión si la cuestión es o no de fondo, se considerará que se trata de una cuestión de fondo, salvo que la Conferencia decida otra cosa por la mayoría exigida para la adopción de decisiones sobre cuestiones de fondo.

Como puede apreciarse, habida cuenta de las diferentes posiciones que se vislumbran entre los Estados Parte, la solución probablemente tardará mucho tiempo en llegar.

  

La propuesta de la Federación Rusa, escasa y sesgada

En la tabla siguiente se muestra una comparativa entre los agentes «novichok» descritos por Mirzayanov y los compuestos descritos por Hosseini, así como su situación actual y futura dentro de las Listas de la CAQ con la propuesta de la Federación Rusa. El lector puede compararla con la propuesta conjunta que aparece en el artículo «Se les ve el plumero»1.

En la tabla siguiente se muestra una comparativa entre los agentes «novichok» descritos por Mirzayanov6 y los compuestos descritos por Hosseini, así como su situación actual y futura dentro de las Listas de la CAQ.

  Listas actuales Listas futuras
Mirzayanov

Lista 2B.4 A-230

Lista 1A.* A-230

Mirzayanov

Lista 2B.4 A-242

Lista 1A.*** A-242

Hosseini

Lista 2B.4 CAS 2074608-43-6

Lista 1A.*** CAS 2074608-43-6

Mirzayanov

No listado A-232

Lista 1A.** A-232

Mirzayanov

No listado A-234

Lista 1A.** A-234

Mirzayanov

No listado A-262

No listado A-262

Hosseini

Lista 2B.4 CAS 2096401-97-5

Lista 2B.4 CAS 2096401-97-5

Hosseini

Lista 2B.4 CAS 2096401-99-7

Lista 2B.4 CAS 2096401-99-7

Hosseini

Lista 2B.4 CAS 2096402-01-4

Lista 2B.4 CAS 2096402-01-4

Hosseini

Lista 2B.4 CAS 2096402-03-6

Lista 2B.4 CAS 2096402-03-6

Hosseini

Lista 2B.4 CAS 2096402-05-8

Lista 2B.4 CAS 2096402-05-8

Como puede verse, todos los agentes «novichok» descritos por Mirzayanov (excepto el A-262) y algunos de los compuestos descritos por Hosseini  que ahora pertenecen todos ellos a la Lista 2, pasarían a pertenecer con la propuesta a la Lista 1.

Aunque no están recogidos en la tabla, los agentes «novichok» descritos por Hoening (O-(cloroalquil)-(((dihalometilen)amino)oxi) fosforofluoridatos) pasarían ahora a pertenecer también a la Lista 1.

El A-262 no pertenecería a lista alguna, y algunos compuestos descritos por Hosseini ahora pertenecientes a la Lista 2 no quedarían afectados por la inclusión de estas nuevas listas, y seguirían perteneciendo a la Lista 2.

Está propuesta también está sesgada pues no recoge otras familias de sustancias químicas organofosforadas, inhibidoras de la acetilcolinesterasa y extremadamente tóxicas, como por ejemplo, los agentes de volatilidad intermedia (IVAs, Intermediate Volatility Agents).

También es una propuesta escasa pues aunque propone la inclusión de cinco nuevos agentes químicos o/y familias de agentes químicos en la Lista 1A,  no contempla la inclusión de sus precursores.

 

Conclusión

A la propuesta rusa también se le ve el plumero, ya que tampoco recoge ciertas sustancias tóxicas que no tienen un «uso no prohibido por la CAQ» (como los agentes IVA), y tampoco recoge los posibles precursores de las nuevas familias que se desean incluir en la Lista 1.

La ampliación del Anexo sobre sustancias químicas de la CAQ debe realizarse pensando en cómo conseguir un mundo libre de armas químicas, y no pensando en otras cosas.

Hoy es 24 de diciembre de 2018, así que: «Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo 2019»

 

Referencias

  1. «Se les ve el plumero», J.Domingo, https://cbrn.es/?p=1403
  2. «Statement by H.E. Ambassador Kenneth D. Ward permanent representative of the United States of America to the OPCW at the fourth special session of the Conference of the States Parties to review the operation of the Chemical Weapons Convention»,RC-4/NAT.7, de fecha 27 de noviembre de 2018, https://www.opcw.org/sites/default/files/documents/2018/11/rc4nat07%28e%29.pdf
  3. «Enmiendas», Artículo XV de la CAQ, https://www.opcw.org/es/convencion-sobre-las-armas-quimicas/articulos/articulo-xv-enmiendas
  4. «La Organización», Artículo VIII de la CAQ, https://www.opcw.org/es/convencion-sobre-las-armas-quimicas/articulos/articulo-viii-la-organizacion