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El Consejo Ejecutivo de la OPAQ está preocupado

El Consejo Ejecutivo de la OPAQ está gravemente preocupado por el continuo empleo de armas químicas en Siria y así lo ha demostrado adoptando por consenso, en su reunión del día 23 de noviembre de 2015, la decisión CE-M-50/DEC.11, en la que expresa su gran preocupación por los resultados de la Misión de Determinación de los Hechos (Fact-Finding Mission, FFM) que indican, que una vez más, se han utilizado armas químicas en la República Árabe Siria2.

Unos días antes, el viernes 6 de noviembre de 2015, la OPAQ informaba en su página web que el Director General había distribuido a los Estados Partes los tres informes que le había presentado la Misión de Determinación de los Hechos (Fact-Finding Mission, FFM)3. La tarea encomendada a la FFM era investigar por separado tres conjuntos de incidentes en la República Árabe Siria, en los que se había informado del empleo de sustancias químicas tóxicas. Los informes están recogidos en los documentos de la Secretaria Técnica S/1318/2015, S/1319/2015 y S/1320/2015, todos ellos de fecha 29 de octubre de 2015.

El Consejo Ejecutivo reafirmó, en los términos más enérgicos posibles, su condena por el empleo de armas químicas, por cualquiera, bajo cualquier circunstancia. Enfatizó que cualquier empleo de armas químicas, en cualquier lugar, en cualquier momento, por cualquier persona, bajo cualquier circunstancia, es inaceptable y viola el derecho internacional. El Consejo Ejecutivo también expresó su firme convicción de que las personas responsables del empleo de armas químicas acabarán rindiendo cuentas de sus actos.

En la reunión se expusieron diversos puntos de vista aportados por los treinta y ocho Estados Partes que participaron en el debate de la decisión aprobada.

Antes, el Director General, el Embajador Ahmet Üzümcü proporcionaba al Consejo Ejecutivo una actualización acerca de los acontecimientos más recientes, incluida la operatividad del Mecanismo de Investigación Conjunto OPAQ-ONU, establecido al amparo de la Resolución 2235(2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, con el mandato de identificar, en la mayor medida posible, a los individuos, entidades, grupos o gobiernos que emplean armas químicas en Siria, o son cómplices, patrocinan o están involucrados de cualquier otra manera en ese empleo de armas químicas.

 

Decisión CE-M-50/DEC.1

Como puede apreciarse, el texto de la decisión CE-M-50/DEC.1 no difiere mucho de otros muchos textos de condena del Consejo Ejecutivo, pues los tres informes del FFM discutidos en la reunión tampoco difieren mucho de otros informes del FFM:

«El Consejo Ejecutivo,

Subrayando que el empleo de armas químicas por cualquiera en cualesquiera circunstancias es reprobable y contraviene completamente las normas y principios jurídicos de la comunidad internacional;

Recordando que los Estados Partes en la Convención sobre las Armas Químicas (en adelante, la «Convención») están resueltos, «en bien de toda la humanidad, a excluir completamente la posibilidad de que se empleen armas químicas, mediante la aplicación de las disposiciones de la presente Convención»;

Recordando también la decisión del Consejo Ejecutivo (en adelante, el “Consejo”) sobre los informes de la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria (EC-M-48/DEC.1, de fecha 4 de febrero de 2015), en la que expresa su grave preocupación por las conclusiones presentadas con un alto grado de certeza por la Misión de Determinación de los Hechos, según las cuales de abril a agosto de 2014 se utilizó cloro como arma en la República Árabe Siria en las localidades de Talmenes, Al Tamanah y Kafr Zita;

Habida cuenta de los informes más recientes de la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria (S/1318/2015, S/1319/2015 y S/1320/2015, todos ellos de fecha 29 de octubre de 2015), establecida por el Director General para determinar las circunstancias relacionadas con las denuncias de empleo de sustancias químicas tóxicas con fines prohibidos en la República Árabe Siria, y del hecho de que el Director General tiene intención de transmitir los informes al Secretario General de las Naciones Unidas, como se pide en la resolución 2209 (2015), de fecha 6 de marzo de 2015, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; y tomando nota de que en el Consejo Ejecutivo se expresaron distintas opiniones en relación con esos informes;

Consciente de la correspondencia del Director General en la que se transmite la resolución 2118 (2013), de fecha 27 de septiembre de 2013, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la resolución 2209 (2015), de fecha 6 de marzo de 2015, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;

Consciente también de que no corresponde a la Misión de Determinación de los Hechos atribuir la responsabilidad del presunto empleo;

Habida cuenta de la nota del Director General de fecha 11 de agosto de 2015 (S/1302/2015), en la que se transmite la resolución 2235 (2015), de fecha 7 de agosto de 2015, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, por la que se establece un Mecanismo Conjunto de Investigación de la OPAQ y las Naciones Unidas para identificar en la mayor medida posible a las personas, entidades, grupos o gobiernos que hayan empleado sustancias químicas como arma, incluido el cloro o cualquier otra sustancia química tóxica, en la República Árabe Siria o que hayan organizado o patrocinado su empleo o participado en él de cualquier otro modo, cuando la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ determine o haya determinado que un incidente concreto en la República Árabe Siria haya o pueda haber entrañado el empleo de sustancias químicas como arma, incluido el cloro o cualquier otra sustancia química tóxica;

Habida cuenta además de la nota mencionada del Director General, de fecha 11 de agosto de 2015 (S/1302/2015), en la que se transmite la resolución 2235, de fecha 7 de agosto de 2015, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, por la que se solicita a la Misión de Determinación de los Hechos que colabore con el Mecanismo Conjunto de Investigación de la OPAQ y las Naciones Unidas para facilitar el pleno acceso a toda la información y las pruebas obtenidas o preparadas por la Misión de Determinación de los Hechos, incluidos, entre otros, expedientes médicos, grabaciones y transcripciones de entrevistas, y material documental;

Expresando su agradecimiento al personal de la Misión de Determinación de los Hechos por la valentía, dedicación y profesionalidad mostradas al desempeñar su cometido; y

Expresando su apoyo a la continuidad del trabajo de la Misión de Determinación de los Hechos, en concreto estudiando toda la información disponible relativa a las denuncias de empleo de armas químicas en la República Árabe Siria, incluida la información proporcionada por la República Árabe Siria y por otros;

Por la presente:

  1. Expresa su grave preocupación por las conclusiones presentadas por la Misión de Determinación de los Hechos, según las cuales se han utilizado de nuevo armas químicas en la República Árabe Siria, y en ese sentido:
    1. recalca que, con respecto al incidente ocurrido en Marea (República Árabe Siria) el 21 de agosto de 2015, en el informe de la Misión de Determinación de los Hechos se confirma «con la máxima certeza que como mínimo dos personas resultaron expuestas a mostaza de azufre» y que es «muy probable que los efectos de la mostaza de azufre causaran la muerte de un lactante» (S/1320/2015); y
    2. recalca además que, con respecto a varios incidentes ocurridos en la provincia de Idlib (República Árabe Siria) entre el 16 de marzo y el 20 de mayo de 2015, en el informe de la Misión de Determinación de los Hechos se concluye que «pueden haber entrañado el empleo como armas de una o más sustancias químicas tóxicas, que probablemente contuvieran el elemento cloro» y que 2[e]n seis casos de sarin […], la exposición resultó mortal», incluidos los de tres niños de la misma familia (S/1319/2015);
  2. Toma nota de que, con respecto a las denuncias presentadas por la República Árabe Siria de que, el 29 de agosto de 2014, sus soldados habían sido atacados en Juber con armas químicas, la Misión de Determinación de los Hechos informó de que «[no puede] concluir con certeza si se utilizó o no una sustancia química como arma» (S/1318/2015), y toma nota además de que su informe es un informe provisional y que los otros incidentes bajo investigación están pendientes de la finalización de los análisis correspondientes y se incluirán en el informe final;
  3. Reafirma su condena, en los términos más enérgicos posibles, del empleo de armas químicas por cualquiera en cualesquiera circunstancias;
  4. Pone de relieve de nuevo que el empleo de armas químicas en cualquier momento y lugar, por cualquiera y bajo cualquier circunstancia, es inaceptable e infringe la legislación internacional;
  5. Expresa de nuevo su firme convicción de que las personas responsables del empleo de armas químicas deben rendir cuentas de sus actos;
  6. Pide al Director General que proporcione al Consejo, en su próximo periodo ordinario de sesiones programado, la información relativa a los avances logrados por la Misión de Determinación de los Hechos, así como a los planes y calendarios específicos y a su aplicación; y
  7. Hace un llamamiento a todas las partes interesadas para que presten su plena cooperación a la Misión de Determinación de los Hechos, con objeto de que garanticen que concluya con seguridad y eficacia su trabajo.«

 

Referencias

  1. https://www.opcw.org/fileadmin/OPCW/EC/M-50/en/ecm50dec01_e_.pdf
  2. https://www.opcw.org/news/article/opcw-executive-council-gravely-concerned-about-continuing-use-of-chemical-weapons-in-syria/
  3. https://www.opcw.org/news/article/director-general-circulates-opcw-ffm-reports-to-states-parties/

Imagenes especulares no superponibles

Isomería
Una de las características más llamativas de los compuestos orgánicos es la posibilidad de que presenten isomería.

Dos compuestos con igual fórmula empírica o molecular, pero con pero distinta ordenación espacial de sus átomos, presentan propiedades físicas y/o químicas diferentes, y se dice que son isómeros.

Generalmente la palabra isómero se emplea para designar aquellos compuestos que están relacionados entre sí:

  • por ser isómeros estructurales o de constitución, esto es, que tienen distinta ordenación o naturaleza en sus enlaces, o
  • por ser isómeros de configuración o estereoisómeros, los cuales presentan distinta disposición tridimensional de los átomos.

Tipos de isomeria

Esquema con los distintos tipos de isomería

 

Estereoisomería
Los estereoisómeros se definen como isómeros que tienen la misma secuencia de átomos enlazados, pero con distinta orientación espacial. Se dividen en dos grandes grupos:

  • Los que se originan por la distinta orientación espacial de átomos o grupo de átomos alrededor de un enlace doble y que se denominan isómeros geométricos.
  • Los que se originan por la distinta orientación espacial de átomos o grupos de átomos alrededor de un centro asimétrico (generalmente un átomo de carbono tetraédrico con hibridación sp3, pero también un átomo de fósforo pentavalente). Estos estereoisómeros pueden ser a su vez:
    • Enantiómeros que se relacionan entre sí por ser imágenes especulares no superponibles.
    • Diastereoisómeros o diasterómeros, isómeros configuracionales que no son imagen especular uno del otro.

El término estereoquímica, del griego “stereos” que significa sólido, se aplica al estudio de la estructura tridimensional de las moléculas, esto es, de la disposición espacial de los átomos que la forman, así como a la parte relativa al comportamiento químico consecuencia de esa disposición espacial. Por ejemplo, el ácido láctico procedente de la leche agria tiene de fórmula molecular C3H6O3, exactamente igual que el ácido láctico producido en los músculos. Al estudiar la constitución química del ácido láctico, es decir al determinar cómo están enlazados los átomos, encontramos que el ácido láctico puede representarse con la fórmula molecular:

Alactico

Sin embargo la información que obtenemos de esta fórmula todavía es incompleta, pues resulta que el ácido láctico que se encuentra en la leche agria es ligeramente diferente del ácido láctico que se produce en los músculos. Ambos presentan el mismo punto de fusión, presión de vapor, densidad, índice de refracción, espectro de masas, etc., pero sin embargo se comportan de manera distinta frente a la luz polarizada, uno de ellos, el muscular, hace rotar el plano de polarización en el sentido de las agujas del reloj (dextro-rotación), es el ácido (+)-láctico, y el otro, el de la leche, hace rotar el plano de polarización en el sentido contrario de las agujas del reloj (levo-rotación), es el ácido (-)-láctico. La diferencia entre estos dos ácidos lácticos es más significativa en su comportamiento bioquímico, pues en presencia de la enzima deshidrogenasa del ácido láctico, el ácido (-)-láctico, procedente de la fermentación de la leche queda inalterado, mientras que el ácido (+)-láctico es deshidrogenado a ácido pirúvico.

A+lactico A-lactico
ácido (+)-láctico ácido (-)-láctico

Esta diferenciación bioquímica entre formas dextro (+) y formas levo (-) es extraordinariamente significativa e importante en numerosos procesos naturales, y en consecuencia de gran interés desde el punto de vista práctico e industrial. La toxicidad de muchas sustancias químicas también varía significativamente entre los diferentes estereoisómeros, de ahí el interés desde el punto de vista NBQ.

Este fenómeno consiguió explicarse cuando los químicos comenzaron a considerar la disposición tridimensional de las moléculas en el espacio y la configuración tetraédrica del átomo de carbono. Las propiedades geométricas de un carbono con hibridación sp3 hacen que, en el caso de que esté unido a cuatro átomos o grupos de átomos diferentes, la molécula no tenga plano de simetría y que existan dos maneras diferentes de ordenar a los cuatro átomos o grupos de átomos. Estas dos ordenaciones o configuraciones generan dos formas isoméricas denominadas enantiómeros, que son imágenes especulares entre sí pero que no son superponibles.

Cuando esto ocurre se dice que la molécula es quiral y óptimamente activa, puesto que es capaz de desviar el plano de la luz polarizada. Dos enantiómeros desvían el plano de la luz polarizada en la misma magnitud pero en sentidos opuestos.

Al carbono con hibridación sp3 que está unido a cuatro átomos o grupos de átomos diferentes se le denomina estereocentro. En la siguiente figura se muestra la disposición tetraédrica de un átomo de carbono con hibridación sp3 unido a cuatro grupos diferentes y su imagen especular no superponible:

quiralC

La quiralidad no es una propiedad exclusiva de las moléculas orgánicas con átomos de carbono asimétricos. Por ejemplo, el átomo de fósforo también puede presentar isómeros ópticos:

quiralP

 

Nomenclatura de los isómeros configuracionales
El sistema más aceptado para nombrar esteroisómeros es la denominada convención de Cahn, Ingold y Prelog, que asigna una letra R o S a cada centro estereogénico de una molécula quiral.

Las reglas (resumidas) que hay que seguir para asignar una configuración R o S son las siguientes:

  1. A cada átomo o grupo químico unido al centro asimétrico se le asigna una prioridad según el número atómico; el átomo de mayor prioridad es el de mayor número atómico.
  2. Una vez asignado el orden de prioridad se mira el centro asimétrico desde el lado opuesto al grupo de menor prioridad.
  3. Si el orden de prioridades decreciente de los restantes grupos representa una secuencia en el sentido de las agujas del reloj se asigna al estereocentro la configuración R (rectus, derecha), y si la secuencia es en el sentido contrario de las agujas del reloj se asigna al estereocentro la configuración S.

 

Toxicidad
Los científicos se percataron muy pronto de la importancia fisiológica y toxicológica de los compuestos quirales. En los años 1890-1894, E. Poulson y P. Ehrlich y A. Einhorn ya observaron que la dextro-cocaína poseía mayor actividad, actuaba más rápidamente y su efecto era menos duradero que el de la levo-cocaína.

CocainaR CocainaS
(R)-(-)-cocaina, CAS 50-36-2
(1R,2R,3S,5S)-3- (benzoiloxi)-8-metil-8-azabiciclo[3.2.1] octano-2-carboxilato de metilo
(S)-(+)-cocaina, CAS 47195-07-3
(1S,2S,3R,5R)-3- (benzoiloxi)-8-metil-8-azabiciclo[3.2.1] octano-2-carboxilato de metilo

A principios del siglo XX, en 1903, A. R. Cushny observó que la atropina (hiosciamina racémica) y la levo-hiosciamina presentaban diferencias en su actividad pupilar, cardiaca y salival y en los efectos reflejos de la médula espinal.

atropinaR atropinaS
(R)-(+)-atropina, CAS 13269-35-7
(2R)-3-hidroxi-2-fenilpropanoato de 8-metil-8-azabiciclo[3.2.1]oct-3-ilo
(S)-(-)-atropina, CAS 101-31-5
(2S)-3-hidroxi-2-fenilpropanoato de 8-metil-8-azabiciclo[3.2.1]oct-3-ilo

En 1904, A. Pictet y A. Rotschy observaron diferencias en la toxicidad de los isómeros de la nicotina y en 1910, W. E. Grove observó esto mismo en los isómeros del alcanfor.
Explorando compuestos endógenos, E. Abderhalden y F. Müller, (1908) describieron, en 1908, los efectos vasopresores significativamente distintos de los isómeros dextro- y levo- de la adrenalina o epinefrina. En 1918, W. Frey informaba de las diferencias terapeúticas en el tratamiento de arritmias entre la quinina y su isómero la quinidina, resultando está última más efectiva.

Quinina Quinidina
(-)-Quinina, CAS 130-95-0
(R)-(6-metoxi- quinolin-4-il)- [(2S,4S,5R)-5- (vinil- 1-aza- biciclo [2.2.2] oct-2-il)] – metanol
(+)-Quinidine, CAS 56-54-2
(S)-(6-metoxi- quinolin-4-il)- [(2R,4S,5R)-5- (vinil- 1-aza- biciclo [2.2.2] oct-2-il)] – metanol

Muchos contaminantes ambientales son quirales, incluyendo sustancias organofosforadas y organocloradas, piretroides, bifenilos policlorados (PCB), policloro dibenzo-p-dioxinas (PCDD) y policloro dibenzofuranos (PCDF), fipronilo y contaminantes farmacéuticos. La degradación de estos compuestos, así como su bioacumulación, persistencia y toxicidad, muestran a menudo una dependencia de tipo quiral.

La estéreo especificidad que muestran algunos insecticidas organofosforados se extiende también a los agentes neurotóxicos de guerra.

Los compuestos de fósforo pentavalente presentan cuatro enlaces dispuestos de manera tetraédrica al igual que los compuestos de carbono tetraédrico y por ello son posibles formas ópticamente activas con el átomo de fósforo como centro asimétrico. El primer compuesto con enantiómeros debidos al fósforo, el óxido de etilfenilmetilfosfina, fue aislado en 1911 por J. Meisenheimer.

Muchos plaguicidas organofosforados tienen un átomo de fósforo asimétrico y varios se han resuelto en enantiomeros individuales. Aunque los enantiómeros tienen propiedades idénticas, excepto su capacidad de girar un plano de luz polarizada en direcciones opuestas, sus actividades biológicas dependen grandemente de su quiralidad. Esto es debido a que las moléculas biológicas son quirales y discriminan entre los enantiómeros. Desde hace años se viene trabajando mucho en el aislamiento y examen de la actividad biológica de los enantiómeros de los compuestos organofosforados, tratando de entender el papel de la quiralidad en la determinación de la toxicidad de los agentes neurotóxicos de guerra.

Las constantes de velocidad de inhibición de la acetilcolinesterasa (AChE) y la toxicidad suele ser mayor en los enantiómeros levo que en los dextro.

H. P. Benschop y L.P.A. De Jong han demostrado la diferente inhibición de la acetilcolinesterasa por parte de los diferentes esteroisómeros de algunos agentes neurotóxicos de guerra: tabun, sarin, VX y soman (este último con dos centros quirales, uno debido al átomo de fósforo y otro debido a un átomo de carbono).

Así, por ejemplo, en el caso del somán (GD), los isómeros P(−) son casi los únicos responsables de la toxicidad del compuesto. Para el sarín (GB), el isómero P(−) es aproximadamente dos veces más tóxico que el sarín racémico, lo que indica que la toxicidad del sarín se debe esencialmente al isómero P(−). Para el VX, el isómero P(−) es aproximadamente 13 veces más tóxico que el isómero P(+), mientras que el isómero P(-) del tabún (GA) es aproximadamente siete veces más tóxico que el isómero P(+).

sarinr2 sarins2
(R)-(-)-sarin, CAS 6171-94-4 (S)-(+)-sarin, CAS 6171-93-3

 

VXR2 VXS2
(S)- VX, (S)- S-[2-(diisopropilamino) etil] metilfosfonotiolato de O-etilo, CAS 65167-64-8 (R)-VX, (R)- S-[2-(diisopropilamino) etil] metilfosfonotiolato de O-etilo, CAS 65167-63-7

A continuación se muestran las estructuras químicas de los cuatro estereoisómeros de soman. Se ha demostrado que los dos diastereoisómeros de soman que poseen en el átomo de fósforo la configuración «S» (SP) son considerablemente más tóxicos que los otros dos diastereoisómeros que poseen en el átomo de fósforo la configuración «R» (RP)

SomanSS2 SomanRR2
SPSC -Somán, CAS 24753-16-0
RPRC-Somán, CAS 22956-47-4
Somanrs2 somansr2
RPSC-Somán, CAS 24753-15-9
SPRC-Somán, CAS 22956-48-5

 

Referencias

  1. Elementos de estereoquímica, Ernest L. Eliel, Editorial Limusa, 1975
  2. Reglas de Cahn-Ingold-Prelog, https://es.wikipedia.org/wiki/Reglas_de_Cahn-Ingold-Prelog
  3. Nomenclatura de la química orgánica (IUPAC), Secciones A, B, C, D, E, F y H, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1987, Sección E: Estereoquímica
  4. Chiral toxicology: It´s the same thing…only different, Silas W. Smith, Toxicological Sciences 110(1), 4-30 (2009)
  5. Best Synthetic Methods-Organophosphorus (V) Chemistry, Chapter 1, General Overview, Christopher M. Timperley, Academic Press-Elsevier, 2015
  6. Isolation, anticholinesterase properties, and acute toxicity in mice of four stereoisomers of the nerve agent soman, Benschop, H. P.; Konings, C. A. G.; Genderen, J. V.; De Jong, L. P. A. Toxicol. Pharmacol LIQ. 1984, 72, 61-74.
  7. Stereospecificity in the enzymatic hydrolysis of cyclosarin (GF), Steven P. Harvey, Jan E. Kolakowski, Tu-Chen Cheng, and others, http://www.chem.tamu.edu/rgroup/raushel/publications/P205-EnzyMicrobTech-Phosphotriesterase-2005.pdf